Limpiar La Habana: una nueva resolución y varias multas

"La Resolución 190 de 2023 establece multas entre 750 y 20.000 pesos por vertimiento inadecuado de desechos, permanencia de animales en áreas específicas, derrames de agua, mal uso de los depósitos de basura y el incumplimiento de normas sanitarias en establecimientos. "

Este 20 de septiembre entró en vigor la Resolución 190 de 2023 de la gobernadora provincial del Poder Popular de La Habana, Yanet Hernández Pérez. El documento tiene como objetivo crear conciencia para cuidar la salud de la población y la belleza e higiene de la capital.

Para ello establece multas en un rango entre 750 CUP y 20.000 CUP a los incumplidores en los ámbitos relacionados con los depósitos de basura, los animales, el derrame de agua, el vertimiento de desechos en la vía pública, el respeto a las normas sanitarias en establecimientos, así como la generación de residuos en áreas inadecuadas.

Con respecto al primero, dispone multas entre 2.500 y 3.000 pesos para quienes dañen los depósitos colectivos para la recogida de desechos domiciliarios, arrojen basura fuera de estos o cambien su ubicación. Además, prohíbe vaciar escombros y otros desechos inapropiados en tales contenedores.

En lo referente a los animales, el texto señala que los domésticos o de corral no pueden permanecer en playas, cementerios, fuentes de abastecimiento de agua, plantas de tratamiento de agua potable y de residuales líquidos o en los lugares de disposición final de desechos sólidos. Tampoco deben encontrarse en zonas urbanas los animales de tiro y monta, como ganado porcino, equino, bovino y caprino.

En cuanto a los derrames de agua, se establece una multa de 2.000 a 3.500 pesos y la obligación de reparar los salideros en viviendas, instalaciones o locales. De igual forma, se penalizan los derrames ocasionados por acciones de limpieza, la conexión clandestina de tuberías a las redes de distribución o de recogida de aguas negras del servicio público.

Por su parte, se crean sanciones al vertimiento de escombros, materiales de construcción, animales muertos, desperdicios, desechos contaminantes de fácil dispersión y otros residuos en la vía o espacios públicos, solares yermos y edificaciones.

A su vez, para los establecimientos se disponen multas por el incumplimiento de las normas sanitarias en las instalaciones de recolección, tratamiento o disposición final de desechos sólidos o líquidos y por la apertura de centros de trabajo que infrinjan estas normas. Del mismo modo, por impedir la puesta en práctica de medidas destinadas a la erradicación de vectores de enfermedades transmisibles, por la implementación de acciones que afecten el buen funcionamiento de tragantes, redes pluviales, albañales y acueductos, así como por no mantener la limpieza e higiene en áreas públicas y privadas colindantes con centros comerciales y gastronómicos.

En relación con los desechos en áreas inadecuadas, se estipula que para la realización de piques en la vía pública se debe contar con un permiso, señalizar el área y garantizar la recolección de los desechos resultantes; al igual que en el caso de la tala y poda de árboles.

La Resolución apunta que las apelaciones a las multas impuestas se resolverán por la comisión de control de la legalidad de cada organismo y por los consejos de administración municipal.

Autores
Sobre el autor:
Doctorante en Ciencias Sociales en la Universidad Autónoma Metropolitana de Ciudad de México. Máster en Relaciones Internacionales por la misma Universidad (2018). Graduada de Periodismo por la Facultad de Comunicación de la Universidad de La Habana (2012).
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